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CRITERIO TECNICO
La Revista Municipal Electronica un medio de expresión ciudadana de la Provincia de Cañete... http://criteriotecnico.nireblog.com Esperamos sus comentarios. Imperial - Cañete

Archivo: Noviembre 2007

19/11/2007 GMT -5

CAÑETE: ES IMPORTANTE UNA BUENA Y ADECUADA POLITICA DE TRANSPORTE EN CAÑETE

arata @ 09:48

 Luis Adams Arata http://criteriotecnico.nireblog.com
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 Analizando la amarga experiencia sobre la reciente renovación de concesión de la ruta de transporte de Imperial – San Vicente, se puede concluir que la Provincia de Cañete no cuenta con una Política de Transporte.
Dando vistazo al Plan de Gobierno de Patria Joven, en el sector de transporte, nos damos cuenta que no tenia horizonte solo tenia una débil propuesta no bien articulada, el cual planteaba como solución al desorden en el transporte urbano, el “Promover un transporte ecológico, económico y seguro y además, incentivar al transporte público y privado que usa tecnologías limpias y Educación vial para todos”. A pesar de esto, nuestras autoridades municipales no cumplieron. ¿Qué paso señores del Concejo Provincial?
La falta de una buena y adecuada Política (Gobierno, Administración, Dirección, Guía) en el Transporte, propiciría que la administración de Alvarado cometa sendos errores. La Política es como una brújula, si se carece de ella, el Concejo Provincial de Cañete y la administración no tendrán dirección, naufragarían y todos los cañetanos seguiremos sufriendo las consecuencias en este sector.
Las agrupaciones políticas integrantes del Concejo, “PATRIA JOVEN”, “ALIANZA UNIDAD NACIONAL” (Oscar Ramos Navarro), “APRA” (Pedro Noriega) “SOMOS PERU” (Arturo Chau Murga), “ARRIBA CAÑETE” (Percy Alcalá Mateo), así como la administración de Javier Alvarado ha demostrado un lentitud en la gestión del transporte de nuestra provincia sin embargo aun tienen tiempo para acelerar y mejorar. Por ello, el Concejo debe implementar una Política de Gestión de Transporte en la Provincia de Cañete. Es muy sencilla.
Esta Política no es más que un conjunto de lineamientos o parámetros que servirán como guía en la gestión municipal más aun esto es imprescindible cuando se requiere renovar todo nuestro sistema de transporte provincial orientado a sastifacer las necesidades de los usuarios mejorando sus condiciones de vidas. La Política debe contener parámetros que oriente y dirija a lo siguiente:
1. Modernidad de los sistemas de transporte.
2. Aprovechamiento y utilización obligada de combustibles menos contaminantes (Gas Natural, GLP, Bio-combustibles).
3. Diseño e implementación de un robusto e inteligente Plan Regulador de Rutas Provincial (demanda).
4. Desarrollo de proyectos de infraestructura vial (terminales terrestres, vías segregadas, paraderos, asfaltado, señalización y semaforización)
5. Fortalecimiento de una cultura de respeto de las normas de tránsito y transporte (educación vial).
6. Optimización del servicio del transporte (criterios de renovación de flota vehicular nueva).
Cuando se tenga bien implementada una Política de Transporte con esas características y otras acordes con la realidad provincial (urbana-rural), no habrá reglamentos o contratos de concesión que lo vulneren.
Son 05 profesionales entre bachilleres o titulados en Derecho y Ciencias Políticas, que integran el Concejo Provincial les serán fácil aprobar una Política y/o entenderan las propuestas técnicas.

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14/11/2007 GMT -5

UNA DECADA MAS DE CONCESIÓN DE LA RUTA SAN VICENTE – IMPERIAL ¿TENIAMOS LOS CAÑETANOS OTRA OPCION?

arata @ 09:34

Luis Adams Arata (http://criteriotecnico.nireblog.com)
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La indignación nos embarga a los usuarios del servicio de transporte de la ruta: San Vicente – Imperial y viceversa prestada por el Consorcio CEAR San Vicente – Imperial. ¿La Municipalidad de Cañete, tenía otra opción antes concesionar (renovar) la ruta de San Vicente – Imperial por 10 años mas? ¡Por supuesto que sí!, había otra opción, debió Prorrogarla (suspender, aplazar, prolongar) con una ordenanza dejando sin efecto (derogar) esa cláusula de renovación por diez años mas (principio de publicidad de la norma) y luego otorgar una prórroga de 06 meses o hasta el tiempo que dure en elaborar el proceso de licitación pública. Mientras tanto la empresa podría seguir operando las rutas A y B (rutas licitables) temporalmente.
Cito un caso similar, la Municipalidad de Lima, tenia concesiones de mas 400 rutas que se iban venciendo progresivamente desde el 2005 hasta 2007, también en el Contrato de Concesión de Ruta existía la cláusula de renovación por 10 años mas, así como en su TUPA tenia el procedimiento de renovación (igual que en nuestra provincia), sin embargo el Concejo Metropolitano de Lima emitió la Ordenanza No. 782 que prorrogó toda autorizaciones o permisos provisional otorgadas a empresas de transporte para prestar servicio de transporte en sus mismas rutas y derogó el procedimiento de renovación establecido tanto en su Reglamento (Ordenanza N 104) como en su TUPA y por último la Ordenanza N 1006 extendió la prórroga hasta el 31 de Diciembre del 2007 e incluyó a las demás rutas faltantes.
Preguntémonos, ¿Cuánto tiempo se pudo demorar el Concejo Provincial de Cañete para emitir una Ordenanza que prorrogue la concesión de una (01) sola ruta en forma automática, en vez de renovarla por 10 años mas?.
El Reglamento Nacional de Transporte es una norma supletoria (prevalece una ordenanza) que no se ajusta a la realidad cañetana en materia de transporte, por ser un tema exclusivo, la Municipalidad debe emitir su propia Ordenanza que reglamente el servicio de transporte regular de pasajeros (urbano-rural) y no regular de pasajeros (taxi, vehiculo menor, traslado de personal, turístico, escolar, etc). Este Reglamento debe contener los parámetros técnicos necesarios para regular dicho servicio en la Provincia además debe incluir las infracciones y sanciones respectivas que conlleven hasta la cancelación de la concesión de una ruta.
¿Las autoridades tendrán la gallardía de aceptar que se equivocaron y mas aún contaran con la valentía suficiente para disponer la modificación de los datos técnicos de la ruta en el sentido de cambiar el tipo de unidades de mayor capacidad (de combis a microbuses) y con una determinada antigüedad vehicular (no mayor de 10 años efectiva) que debe prestar el servicio de transporte en la ruta San Vicente – Imperial en beneficio de sus ciudadanos?. Cuidado que reciban esas unidades obsoletas y/o contaminantes que serán expectoradas por la Provincia de Lima a través de sus Revisiones Técnicas.

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ACREDITAN FUNCIONES EN MATERIA DE SALUD AL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

arata @ 08:21

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Recientemente la Presidencia del Concejo de Ministro a través de la Secretaria de Descentralización, mediante Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 037-2007-PCM/SD (publicada el 12/11/07), ha certificado el Gobierno Regional de Lima ha cumplido los requisitos específicos mínimos para la transferencia de funciones sectoriales en materia de salud. Las funciones sectoriales que se encuentra acreditado nuestro gobierno regional para la correspondiente transferencia son las comprendidas en el artículo 49º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Según Ley Nº 27867 “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, estas consisten:
ARTÍCULO 49º.- FUNCIONES EN MATERIA DE SALUD
a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas de salud de la región en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.
b) Formular y ejecutar, concertadamente, el Plan de Desarrollo Regional de Salud.
c) Coordinar las acciones de salud integral en el ámbito regional.
d) Participar en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud de conformidad con la legislación vigente.
e) Promover y ejecutar en forma prioritaria las actividades de promoción y prevención de la salud.
f) Organizar los niveles de atención y administración de las entidades de salud del Estado que brindan servicios en la región, en coordinación con los Gobiernos Locales.
g) Organizar, implementar y mantener los servicios de salud para la prevención, protección, recuperación y rehabilitación en materia de salud, en coordinación
con los Gobiernos Locales.
h) Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públicos y privados.
i) Conducir y ejecutar coordinadamente con los órganos competentes la prevención y control de riesgos y daños de emergencias y desastres.
j) Supervisar y controlar la producción, comercialización, distribución y consumo de productos farmacéuticos y afines.
k) Promover y preservar la salud ambiental de la región.
l) Planificar, financiar y ejecutar los proyectos de infraestructura sanitaria y equipamiento, promoviendo el desarrollo tecnológico en salud en el ámbito regional.
m) Poner a disposición de la población, información útil sobre la gestión del sector, así como de la oferta de infraestructura y servicios de salud.
n) Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad.
o) Evaluar periódicamente y de manera sistemática los logros alcanzados por la región en materia sanitaria.
p) Ejecutar, en coordinación con los Gobiernos Locales de la región, acciones efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la población de la región.
El detalle de las facultades de cada función se especifican en el anexo del Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM “Plan Anual de Competencias Sectoriales de Gobiernos Regionales y Locales del año 2007” (publicado el 15/04/07).

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