SE PROHIBE CRIANZA DE ANIMALES EN ZONA URBANA DE QUILMANA
Comentado por Luis Adams Arata
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El Concejo Distrital de Quilmaná ha emitido la Ordenanza Municipal Nº 001-2008- MDQ de fecha 10 de Enero del 2008 (publicada el 22/01/2008) donde prohíbe la crianza de animales como: vacunos, cerdos, aves, (por mayor y menor), y otros en la Zona Urbana. Además prohíbe las actividades derivadas de la crianza precedente, como: camales, abonos y análogos.
Lo sorprendente de este dispositivo legal es que también están prohibiendo todo tipo de crianza de aves ya sean por mayor o menor es decir los pollitos, patos, pavitos, palomitas y otras aves domésticas de la abuelita que son de consumo familiar no podrán ser criados en los hogares que comprende la zona urbana que por cierto no sabemos que área comprende y como lo fiscalizarán. ¿A caso violarán la propiedad privada para fiscalizar, decomisar o retirar las especies? ¿Cuáles son las escalas de multa? ¿Habrá alguna cantidad permitida para la crianza de aves para consumo?
Indudablemente esta Ordenanza es muy pero muy ambigua y controversial. Los Concejales que parecen que nunca en su vida han criado sus aves para consumo deberá inmediatamente precisar los alcances de esta Ordenanza.
Otros datos: También con la Ordenanza Municipal Nº 001-2008-MD han prohibido el comercio ambulatorio de comidas y otros en las cuadras 3, 4 y 5 de la Av. Lima, perímetro de la Plaza de Armas y quinta cuadra de Jr. Loreto.

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