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CRITERIO TECNICO
La Revista Municipal Electronica un medio de expresión ciudadana de la Provincia de Cañete... http://criteriotecnico.nireblog.com Esperamos sus comentarios. Imperial - Cañete

20/06/2007 GMT -5

DESIGNAN PROCURADOR PUBLICO EN LA PROVINCIA DE CAÑETE

arata @ 14:27

 luispadilla_procuradorcanete.jpgEl Alcalde la Municipalidad Provincial de Cañete con Resolución de Alcaldía Nº 0258-2007-AL-MPC (Publicada en el diario El Peruano el día 20/06/07) designa al Abogado Luis Augusto Padilla Castillo CAL Nº 13211 como PROCURADOR PUBLICO.  Habiéndose dado por concluido las funciones de Procurador Adjunto al Abogado Riquelmer Amarildo Sandoval Peves  que por cierto a la fecha del 20 de Junio del 2007 su número de matrícula del Colegio de Abogados de Lima se encuentra inhabilitada.

CRITERIO TECNICO felicita por dicha designación y a la vez espera que el Sr. Luis Padilla cumpla bien sus funciones en defensa de los intereses de la Municipalidad provincial de aquellas municipalidades distritales que lo soliciten.

FUNCIONES DEL PROCURADOR MUNICIPAL:

El Procurador Público Municipal, defiende los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicia o impulsa procesos judiciales contra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el órgano de control interno haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes.

Ejerce representación y defiende los intereses y derechos de las municipalidades en juicio.

MAS DATOS INTERESANTESLos procuradores públicos municipales son funcionarios designados por el alcalde y dependen administrativamente de la municipalidad, y funcional y normativamente del Consejo de Defensa Judicial del Estado.


El Concejo Municipal, a propuesta del alcalde, aprueba el Reglamento de Organización, Funciones y Responsabilidades de la Procuraduría Pública Municipal.



Los Procuradores Públicos Municipales de las Municipalidades provinciales extienden sus funciones a las municipalidades distritales de su circunscripción que no cuenten con ellos, previo convenio sobre la materia.

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